En probono.es: “Abogacía y Constitución”, entendemos la práctica del probono de la abogacía como parte del “movimiento global de acceso a la justicia”, es decir a la pretensión existente por parte de diversos operadores jurídicos en países de todos los continentes para fomentar la capacidad de las personas de hacer valer sus derechos en sede judicial, con el fin de facilitar su participación en el sistema jurídico. Así, se han agrupado bajo este movimiento jueces, legisladores, académicos, activistas y, como no, abogados. Todos ellos pretenden favorecer la inclusión política de los ciudadanos en el sistema de la administración de justicia. Cuando nos centramos en la tarea que aquí realizan los abogados, hablamos del “movimiento global de probono”.
Si bien la primera definición del probono de la abogacía que nos viene a la cabeza suele ceñirse a la prestación de servicios jurídicos gratuitos por parte de los abogados a personas o grupos de personas vulnerables, lo cierto es que es posible entender la práctica de una forma mucho más rica y diversa. De hecho, el movimiento global de probono de la abogacía llega a España en una forma adaptada a nuestras necesidades.
Este movimiento adquiere formas diversas en los distintos países en donde se da su práctica. Esto es así debido a la cultura democrática y jurídica de cada país, a las prestaciones sociales existentes o incluso al sistema educativo. En todo caso, hay algo que caracteriza a todas estas práticas, independientemente de su diversidad. Se trata de la pretensión de extender la protección del ordenamiento jurídico a todas las personas, independientemente de sus condicionamientos económicos, sociales, culturales, políticos o de cualquier otra índole.
En algunos casos la promoción de esta protección recae en el acceso a sede judicial, en otras sobre el asesoramiento jurídico, en otras a capacitar y en otras a dar a conocer los derechos de forma genérica. Todas estas prácticas pueden denorminarse probono, ya que contribuyen a un mismo fin, que es el de favorecer la inclusión y la participación de la persona en el sistema constitucional, algo que por cierto es esencial para una democracia. El que la persona conozca sus derechos, que sepa identificar un abuso y que tenga una cultura jurídica suficiente para plantear su pretensión ante los diversos operadores. Como se ve, se trata de una tipología de prácticas heterogénea.
Es necesario aclarar, no obstante, que la abogacía ya contribuye notablemente al acceso a la justicia de buena parte de la población. Lo hace normalmente en términos de “mercado” ya que cliente y abogado deben acordar la prestación del servicio, tanto en términos económicos como en términos sustantivos. Tanto los términos sustantivos del caso, es decir la justicia esperable y aplicable, como los económicos dejan un amplio margen de negociación pero los segundos elevan el umbral de acceso a la justicia, excluyendo a parte de la población del acceso a la misma. De ahí la existencia de la justicia gratuita en muchos países, especialmente en el entorno europeo y también en España, con la que se trata de paliar la exclusión.
Ya que en España existe gratuidad de la justicia, que está garantizada por ley, desde probono.es proponemos que la contribución de los abogados a la inclusión política, al acceso a la justicia recaiga sobra otra práctica: la educación y la enseñanza de los valores democráticos, por ser esta “la asignatura pendiente de la Constitución española”, en palabras de José Pedro Pérez-Llorca.
Es cierto que el probono de la abogacía en este aspecto es muy distinto de la definición clásica, como señalamos al principio. La práctica de probono que proponemos no atiende, en principio, a un grupo vulnerable (aunque quizá sí); tampoco supone facilitar el acceso de personas a la sede judicial, ni ofrecer un consultoría para un caso concreto; más bien, se aspira a contribuir a mejorar la inclusión de los estudiantes, menores de edad, en el sistema político y jurídico protector de sus derechos y libertades, a través de la mejora de su cultura jurídica.